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Trabajo en Negro

El trabajo en «negro» o clandestino está prohibido en nuestro país y está regulado por la ley 24.013 .

¿Qué es el Trabajo en negro? Es la no registración, o la mala registración de la relación laboral; por ejemplo: consignar en el recibo de sueldo una fecha de ingreso posterior a la real, o un sueldo menor al realmente percibido. Es muy habitual que las empresas efectúen contrataciones fraudulentas mediante la concatenación de sucesivos contratos temporales por obra o servicio determinado, cuando en la realidad no existen razones que justifiquen dicha temporalidad.

Si Usted no está registrado, o está mal registrado, tiene derecho a reclamar al empleador que se registre correctamente la relación laboral, mediante el envío de un telegrama gratuito en el Correo Argentino, con copia a la AFIP para que tome conocimiento de dicha situación.

Nuestro estudio puede asesorarlo y llevar adelante este reclamo. Estas indemnizaciones por trabajo en negro o clandestino, se suman a aquellas ordinarias que le corresponden a cualquier trabajador que haya sido despedido, y que en algunos casos pueden triplicar las sumas adeudadas y que le correspondería percibir al trabajador.

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Defensa Laboral

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